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La Ley de Igualdad de Oportunidades Crediticias [ECOA], Título 15 del Código de los Estados Unidos (U.S.C.), 1691 y ss., prohíbe a los prestamistas discriminar a los solicitantes en razón de su raza, color, religión, procedencia nacional, sexo, estado civil, edad, o por percibir ingresos en virtud de un programa de asistencia pública.
De conformidad con la ECOA, el Departamento de Justicia puede iniciar un juicio en caso de conductas o prácticas discriminatorias. En casos de discriminación en préstamos hipotecarios o préstamos para reformas o mejoras, el Departamento puede iniciar un juicio en virtud de la Ley de Equidad de Vivienda y la ECOA. Las personas que crean haber sido víctimas de una operación injusta relacionada con inmuebles residenciales pueden presentar un reclamo ante el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano [HUD] o entablar un juicio por cuenta propia.
Existen otros organismos federales que tienen autoridad regulatoria sobre cierto tipo de prestamistas y supervisan que los préstamos cumplan con la ECOA. Ésta exige que dichos organismos eleven los casos al Departamento de Justicia cuando hay razones para creer que un prestamista incurrió en conductas o prácticas discriminatorias que violan dicha ley. Cada año, el Departamento entrega un informe al Congreso sobre las actividades realizadas en virtud de esta ley.
El Directorio de la Reserva Federal ha emitido reglamentaciones de acuerdo con la ECOA, conocida como la Reglamento B, que constituyen el marco de fondo y de procedimiento para la equidad crediticia.
Dado que la autoridad del Departamento para entablar acciones legales se extiende solamente a los casos de conductas o prácticas discriminatorias prohibidas, las personas que crean haber sido víctimas de discriminación injusta en una operación de crédito deben comunicarse con el organismo de regulación adecuado. Los organismos y los tipos de prestamistas encargados de regular estas prácticas son:
Oficina de Supervisión de Ahorros (OTS): Asociaciones de ahorro y bancos de ahorros federales (la palabra "federal" o las iniciales "F.S.B" aparecen en los nombres de las instituciones federales).
Contralor de Moneda (OCC): Bancos nacionales y filiales/organismos federales de bancos extranjeros (la palabra "National" o las iniciales "N.A." aparecen en el nombre del banco o al final del mismo).
Comité de la Reserva Federal (FRB): Instituciones financieras que integran el sistema de la Reserva Federal, excepto los bancos nacionales y las filiales/organismos federales de bancos extranjeros.
Corporación de Seguros de Depósitos Federales (FDIC): Bancos estatales que no integran el sistema de la Reserva Federal.
Asociación Nacional de Cooperativas de Crédito (NCUA): Cooperativas federales de crédito (las palabras "federal credit union" aparecen en el nombre de la institución).
Comisión Federal de Comercio (FTC): Venta minorista, compañías financieras, prestamistas (incluidas la mayor parte de las compañías de préstamos hipotecarios) que no están asignadas a ningún otro organismo.